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Informativo para Padres y Apoderados: Sobre ley n 21801 y circular n 781

Estimada Comunidad Educativa:

Con el objetivo de mantenerlos informados sobre el marco legal que rige el presente año

escolar, compartimos los alcances de la nueva Ley 21.801 y la Circular N°781 de la

Superintendencia de Educación. Estas normativas buscan fortalecer la convivencia, la

salud mental y la calidad de los aprendizajes en nuestro establecimiento.

1. Regulación de Dispositivos Móviles (Ley 21.801)

Esta ley modifica la Ley General de Educación para establecer un marco nacional que

regula el uso de celulares y dispositivos con acceso a internet dentro del aula. Su objetivo

es promover que los estudiantes se conecten con su entorno y mejoren la calidad de sus

aprendizajes.

 Alcance: Aplica a todos los estudiantes de educación parvularia, básica y media

durante las actividades curriculares.

 Restricción: Se prohíbe el uso de dispositivos personales que permitan la

telecomunicación o el acceso a internet. Esta medida no afecta a los dispositivos

institucionales destinados exclusivamente a fines pedagógicos.

 Excepciones legales: El uso podrá permitirse bajo autorización de la dirección en

los siguientes casos debidamente acreditados por el apoderado:

o Necesidades Educativas Especiales: Como ayuda técnica para el

aprendizaje.

o Condiciones de salud: Para el monitoreo médico necesario (debe

presentarse certificado).

o Emergencias: En situaciones de peligro inmediato o catástrofe.

o Uso pedagógico: Solo en básica y media, cuando la actividad de clase lo

requiera explícitamente.

o Seguridad personal: Solicitudes fundadas del apoderado de manera

temporal.

o Otras que se establezcan en el reglamento interno de convivencia escolar.

 

2. Modernización del Reglamento Interno (Circular N°781)

La Superintendencia de Educación ha emitido la Circular N°781, la cual reemplaza la

normativa vigente desde 2018 para adaptarse a desafíos actuales como el acoso virtual y

la salud mental.

 Deber de cuidado: Se establece formalmente la responsabilidad del colegio de

velar tanto por la salud física como por la salud mental de los alumnos.

 Nuevos protocolos obligatorios: Los reglamentos internos ahora deben incluir

procedimientos claros para:

o El reconocimiento de la identidad de género.

o El manejo de situaciones de desregulación emocional y conductual.

 

o El suministro de medicamentos.

 Enfoque formativo: La circular prioriza la resolución colaborativa de conflictos,

asegurando que cualquier medida responda al resguardo de la integridad de los

niños, niñas y adolescentes.

Calendario de Implementación

Es importante destacar que nuestro establecimiento cuenta con un plazo legal hasta el 30

de junio de 2026 para realizar todas las adecuaciones necesarias en nuestro Reglamento

Interno de Convivencia Escolar (RICE).

Agradecemos su colaboración en la difusión y apoyo de estas medidas, que tienen como

único fin garantizar un entorno escolar seguro y protegido para sus hijos e hijas.